DecretoVigente
Decreto 538 de 1984
Por el cual se modifica parcialmente el decreto 422 de 1984
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifícase El Artículo 1° Del Decreto 422 De1984, En El Sentido De Que La Comisión Del Doctor Julio López Medina Deberá Cumplirse Dentro Del Mes Siguiente A La Fecha De Expedición De Este Decreto, Siendo La Duración De La Misma De Ocho (8) Días Calendario2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición