DecretoDerogado
Decreto 2247 de 1938
por el cual se reglamentan los articulos 2°, de la Ley 82 de 1936, y 1° de la Ley 62 de 1938.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Auxilios Concedidos Por La Nación Para La Celebración Del Cuarto Centenario De La Fundación De La Ciudad De Santa Fe De Antioquia, Serán Invertidos Por Una Junta Compuesta Por Un Representante, Del Gobierno Y Por Dos Vecinos De La Mencionada Ciudad2La Junta Á Que Se Hace Referencia En El Artículo Anterior, Determinará La Obra U Obras En Que Deban Invertirse Los Auxilios3Delégase En El Gobernador Del Departamento De Antioquia El Nombramiento Dé Miembros De La Junta
03