DecretoDerogado
Decreto 236 de 1991
por el cual se libera el ingreso de vehículos tipo taxi municipal a las diferentes ciudades del país y se derogan los artículos 17, 18, 19, 20, 23 y el literal b) del artículo 30 del decreto 493 de 1990.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Liberar El Ingreso De Vehículos Tipo Taxi Municipal A Las Diferentes Ciudades Del País2º Los Requisitos Para El Registro De Estos Vehículos En El Servicio Público, Serán Los Mismos Exigidos Por El Acuerdo 035 De Diciembre 12 De 1990, Expedido Por La Junta Directiva Del Instituto Nacional De Transporte Y Tránsito, Para El Registro De Los Vehículos En El Servicio Particular3º Una Vez Matriculado Un Vehículo Tipo Taxi, La Autoridad De Transporte Municipal Deberá Expedir La Tarjeta De Operación De Acuerdo Con Los Requisitos Exigidos En El Artículo 30 Del Decreto 493 De 1990 O La Norma Que Lo Modifique, Sustituya O Adicione4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Los Artículos 17, 18, 19, 20, 23 Y El Literal B) Del Artículo 30 Del Decreto 493 De 1990
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