DecretoVigente
Decreto 1133 de 1920
Por el cual se determina el personal de la Policía Sanitaria del Puerto de Buenaventura y se hace un nombramiento
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Desde El Día 1° De Junio Próximo El Personal De La Policía Sanitaria Del Puerto De Buenaventura Será El Siguiente, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Expresan: Un Jefe, Inspector De Sanidad Local, Con Noventa Pesos ($ 90), Y Seis Agentes De Sanidad, Cada Uno Con Cuarenta Pesos ($ 40), Y Un Agente De Sanidad Encargado De Vigilar La Estación Sanitaria Da Puerto De Dagua, Con Treinta Y Cinco Pesos ($ 35)2En El Servicio De Sanidad De Este Puerto Habrá Los Obreros Que Fueren Necesarios Para La Campaña Contra El Zancudo3Nómbrase Al Señor Leónidas Marulanda Jefa De La Policía Sanitaria De Buenaventura4El Jefe De La Policía Sanitaria De Buenaventura Tendrá, De Acuerdo Con El Artículo 95Los Sueldos Del Personal De La Policía Sanitaria De Buenaventura Y Los Demás Gastos A Que Se Refiere Este Discreto, Se Imputarán Al Artículo 669 K, Del Capítulo 61 A Del Presupuesto De Gastos De La Vigencia En Curso:6En Casos Excepcionales, El Director Nacional De Higiene, Con Aprobación De Ministerio De Agricultura Y Comercio, Podrá Aumentar El Número, De Los Agentes De La Policía Sanitaria De, Buenaventura7Queda Reformado El Artículo 2