Micelio

Artículo 1

Desde El Día 1° De Junio Próximo El Personal De La Policía Sanitaria Del Puerto De Buenaventura Será El Siguiente, Con Las Asignaciones Mensuales Que Se Expresan: Un Jefe, Inspector De Sanidad Local, Con Noventa Pesos ($ 90), Y Seis Agentes De Sanidad, Cada Uno Con Cuarenta Pesos ($ 40), Y Un Agente De Sanidad Encargado De Vigilar La Estación Sanitaria Da Puerto De Dagua, Con Treinta Y Cinco Pesos ($ 35)

Decreto 1133 de 1920 · Por el cual se determina el personal de la Policía Sanitaria del Puerto de Buenaventura y se hace un nombramiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde el día 1° de junio próximo el personal de la Policía Sanitaria del Puerto de Buenaventura será el siguiente, con las asignaciones mensuales que se expresan: Un Jefe, Inspector de Sanidad Local, con noventa pesos ($ 90), y seis Agentes de Sanidad, cada uno con cuarenta pesos ($ 40), y un Agente de Sanidad encargado de vigilar la Estación Sanitaria da Puerto de Dagua, con treinta y cinco pesos ($ 35). Desde la misma fecha queda suprimido el puesto.de Secretario de la Policía Sanitaria de Buenaventura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1133 de 1920