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DecretoVigente

Decreto 1782 de 1976

Por el cual se establece la Planta de Personal del Centro de Información y Sistemas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Las Funciones Propias Del Centro De Información Y Sistemas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: No2La Autoridad Nominadora Procederá Conformé A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establece En El Presenté Decreto3Los Actuales Empleados De La División De Procesamiento Automático De Datos Que Fueren Incorporados En Cargos, De Inferior Remuneración A La Que Están Devengando En El Momento De La Incorporación, Continuarán Con La Que Vienen Percibiendo Hasta Que Se Retiren Del Servicio U Obtengan Una Remuneración Superior4Los Actuales Empleados De La División De Procesamiento Automático De Datos Para Ser Incorporados A Cargos De Series Diferentes A Las Que Venían Desempeñando, Deberán Reunir Los Requisitos Mínimos Señalados Para El Nuevo Cargo En El Manual De Punciones5En Los Casos En Los Cuales Se Trasladen Funcionarios Entre Las Diferentes Direcciones Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Se Entenderá Para Todos Los Efectos Legales Y Fiscales Que El Servicio Se Ha Prestado Sin Solución De Continuidad Y Los Salarios Seguirán Siendo Pagados Por La Dirección General A La Cual Pertenecían Inicialmente Los Mencionados Funcionarios, Hasta Tanto Se Incluyan En Una Planta Nueva6Los Funcionarios De La División De Procesamiento Automático De Datos, Seguirán Desempeñando Las Funciones De Sus Respectivos Cargos Hasta Tanto Se Incorporen En La Nueva Planta De Personal7El Presente Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Marzo De 1976 Para Los Empleados Que Estuvieren Prestando Sus Servicios En La División De Procesamiento Automático De Datos De La Dirección General De Servicios Administrativos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público En Dicha Fecha Y Sean Incorporados A La Planta De Personal A Que Se Refiere El Presente Decreto8El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga El Artículo 1º Del Decreto 2458 Del 30 De Noviembre De 1973 En Lo Referente A La Planta De Personal De La División De Procesamiento Automático De Datos De La Dirección General De Servicios Administrativos Y El Decreto 2657 Del 9 De Diciembre De 1974
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