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Artículo 2

La Autoridad Nominadora Procederá Conformé A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establece En El Presenté Decreto

Decreto 1782 de 1976 · Por el cual se establece la Planta de Personal del Centro de Información y Sistemas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La autoridad nominadora procederá conformé a las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que deba ocupar los cargos que se establece en el presenté Decreto. Los empleados que estando al servicio de la División de Procesamiento Automático de Datos de la Dirección General de Servicios Administrativos fueren incorporados en la Planta de Personal que por esta norma se fija, no requerirán llenar otro requisito para la posesión que la firma del acta respectiva.

Parágrafo

I. El ascenso o traslado a otro cargo no interrumpe el tiempo para el reconocimiento de la prima de antigüedad, ni ocasiona la pérdida de la remuneración que se hubiere alcanzado por este concepto.

Parágrafo

II. Los actuales funcionarios que se incorporen a la Planta de Personal creada por el presente Decreto, conservarán el status que tenían hasta la fecha.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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