DecretoDerogado
Decreto 204 de 1998
por el cual se modifican parcialmente los Decretos 1392 y 2753 de 1997.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modifícase El Decreto 1392 Del 26 De Mayo De 1997, En El Sentido De Ampliar El Plazo Allí Establecido, Hasta El 28 De Julio De 19982Modifíquese El Inciso Primero Del Artículo 7° Del Decreto 2753 De 1997, El Cual Quedará Así: “las Instituciones Prestadoras De Servicios De Salud Cuyo Patrimonio Exceda De 200 Salarios Mínimos Legales Mensuales, Y Que Presten Los Servicios De Urgencias, Hospitalización O Cirugía En Cualquier Grado De Complejidad Deberán Establecer Un Sistema De Costos Y Facturación, De Conformidad Con Lo Establecido En La Ley 100 De 1993”3Modifícase El Plazo Otorgado En El Artículo 12 Del Decreto 2753 De 1997, En El Sentido De Ampliarlo Hasta El 29 De Enero De 19994El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en especial la Ley 10 de 1990; los artículos 153 numeral 9°, 154 literales a) y c), 170, 178 numerales 4 y 6, 185, 199, 227 y 232 de la Ley 100 de 1993
- María Teresa Forero De SaadeLa Ministra de Salud