DecretoVigente
Decreto 3677 de 1954
Por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas, ramo de Aeronáutica Civil
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, La Sección De Ingeniería Del Departamento Nacional De Aeronáutica Civil Del Ministerio De Obras Públicas, Tendrá Además Del Personal De Que Trata El Decreto Número 0847 Del 24 De Marzo De 1954, El Siguiente Personal Con Las Asignaciones Mensuales Que A Continuación Se Expresan: Aeródromo De Barrancabermeja Un Ingeniero Interventor $ 12Los Sueldos Del Personal De Que Trata El Artículo Anterior Se Pagarán Con Cargos A La Partida Asignada En El Capítulo 137, Artículo 2483 Del Presupuesto Vigente, Para Gastos De Estudio Y Proyectos De Aeródromos Nacionales
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