DecretoDerogado
Decreto 2141 de 1950
por el cual se dictan las medidas tendientes a pagar los aportes de la Nación a las Centrales Hidroeléctricas de Anchicayá y Caldas.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Facúltase Al Gobierno Para Emitir Pagares Por Valor De Siete Millones Ciento Cuarenta Mil Pesos ($ 72El Instituto Destinara Este Aporte De Capital Que Le Hace El Estado A Suscribir Y Pagar La Parte Proporcional Que A La Nación Corresponde En Los Aumentos De Capital Social Recientemente Decretados Por Las Empresas Hidroeléctricas De Anchicayá Y Caldas, A Que Se Refieren Los Considerandos Segundo Y Tercero Del Presente Decreto3Para El Efectivo Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Presente Decreto Y Para La Realización De Las Operaciones De Crédito, Contabilidad Y Presupuesto Que Fueren Del Caso, Bastara La Aprobación Del Excelentísimo Señor Presidente De La Republica, Previo Concepto Favorable Del Consejo De Ministros4Quedan Suspendidas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto5Este Decreto Rige Desde Su Fecha
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Mariano Ospina PerezEl Presidente de la República de Colombia en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
- Luis Ignacio AndradeEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Pedro Manuel ArenasEl Ministro de Justicia
- Hernán Jaramillo OcampoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Roberto Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Guerra
- Juan Guillermo Restrepo JaramilloEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Víctor G. RicardoEl Ministro de Trabajo
- Jorge CavelierEl Ministro de Higiene
- Cesar Tulio DelgadoEl Ministro de Comercio e Industrias
- José Elías Del HierroEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcesEl Ministro de Educación Nacional
- General Gustavo Rojas PinillaEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Víctor Archila BriceñoEl Ministro de Obras Públicas