DecretoDerogado
Decreto 2095 de 1972
Por el cual se determina la planta de personal del despacho del Director General de Servicios Administrativos y de la División de Servicios Generales de la misma Dirección, en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Suprímense Los Cargos De La Planta De Personal Del Despacho Del Director General De Servicios Administrativos Y De La División De Servicios Generales, De La Misma Dirección En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Establecidos Por El Artículo 1° Del Decreto 3033 De Diciembre 14 De 19682Créanse En La Planta De Personal De La Dirección General De Servicios Administrativos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Los Siguientes Cargos: A - Despacho Del Director General N°3El Gobierno Podrá Asignar Cuando Lo Estime Necesario Y Previo Cumplimiento De Las Formalidades Legales Del Caso, Prima Técnica A Las Personas Que Ocupen Los Cargos De Un (1) Director General, Ii - 28, Un (1) Asistente Administrativo Vi - 28, Un (1) Abogado V - 27 Del Despacho Del Director General De Servicios Administrativos, De La División De Servicios Generales A: Un (1) Jefe De División V - 28, Un (1) Arquitecto V - 27 Y Un (1) Jefe Vii - 27 De La Sección De Almacenes4El Gobierno O El Ministro Procederán, Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes Y Previo Cumplimiento De Los Requisitos Exigidos Para El Desempeño De Los Cargos, A Designar El Personal Que Ocupará Los Que Se Establecen En El Presente Decreto5Los Actuales Empleados De La Dirección General De Servicios Administrativos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Que Fueren Designados En Cargos Con Sueldos Inferiores A Los Que Estén Devengando En El Momento De Incorporarse En La Planta Establecida Por El Presente Decreto, Continuarán Recibiendo El Sueldo Anterior Hasta Su Retiro O Cuando Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Se Computarán Sobre Los Sueldos De Ingresos, Cuando El Cargo Quede Vacante, La Persona Que Entre A Ocuparlo Recibirá El Sueldo Señalado En El Presente Decreto6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Modifica El Artículo Primero Del Decreto 3033 De Diciembre 14 De 1968, En La Parte Pertinente A La Planta De Personal Del Despacho Del Director General De Servicios Administrativos Y La División De Servicios Generales De La Misma Dirección Y Produce Efectos Fiscales Desde El 1° De Octubre De 1972, Para Los Empleados Públicos Que Estando Al Servicio De La Dirección General De Servicios Administrativos Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, En Esa Fecha, Fueren Designados Para Ocupar Cargos De La Nueva Planta De Personal Que Establece Este Decreto
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