DecretoVigente
Decreto 2596 de 1970
por el cual se eliminan los gravámenes arancelarios y demás restricciones a las importaciones de algunos productos originarios y provenientes de Bolivia y el Ecuador.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1° De Enero De 1971, Las Importaciones De Productos Originarios Y Provenientes De Bolivia Y El Ecuador Contemplados En El Presenté Decretó, Pertenecerán Al Régimen De Libre Importación2Las Importaciones De Los Productos A Que Se Refiere El Artículo 1° De Este3Para Los Efectos Establecidos En Los Artículos Primero Y Segundo De Este; Decreto, Los Productos Deberán Reunir Los Requisitos De Origen Que Se Adopten En Virtud De Lo Dispuesto Por El Capítulo X Del Acuerdo De Cartagena"4Los Registros De Importación Sé Tramitarán Usando La Terminología Que Se Emplea En Este Decreto Para La Denominación De Las Mercancías5La Lista De Productos Liberados A Favor De Bolivia De Qué Trata El Artículo 1° De Esté Decreto Es El Siguiente: Nabalalc Producto 026La7Este Decreto Rige A Partir Del 1° De Enero De 1971
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