DecretoVigente
Decreto 3618 de 1983
Por el cual se dictan disposiciones en relación con el presupuesto de las Intendencias, Comisarías y sus Municipios
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Presupuestos Adoptados Para La Vigencia Fiscal De 1984 Para Las Intendencias, Comisarías Y Sus Municipios Podrán Ser Aprobados Por El Gobierno Nacional Y Dainco, Según El Caso, Solamente Para El Período Comprendido Entre El 1º De Enero Y El 31 De Marzo De Tal Año2Para Los Efectos Del Artículo 39 Del Decreto-Ley 3448 De 1983, Los Intendentes, Comisarios Y Alcaldes, Convocarán A Sesiones Extraordinarias, Antes Del Treinta Y Uno (31) De Marzo De 1984, Las Corporaciones Públicas Respectivas Para Que Expidan Los Presupuestos Correspondientes Al Período Fiscal Comprendido Entre El 1º De Abril De 1984 Y El 31 De Marzo De 19853Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Modifica Las Normas Que Le Sean Contrarias
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