DecretoVigente
Decreto 2586 de 1949
Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 3141 de 1948, y se modifica el Decreto número 587 de 1949, sobre suministro de materiales de reconstrucción para damnificados
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Materiales De Construcción De Que Trata El Artículo 2° Del Decreto Número 587 De 1949, También Serán Vendidos, Como Lo Autoriza El Artículo 7° Del Decreto-Ley Número 3141 De 1948, A Las Entidades De Derecho Público O Asistencia Social Que Así Lo Soliciten, Y Que Por Sus Fines De Beneficencia O Sociales Sean Acreedoras A Ello, Si Así Lo Estima La Junta Nacional De Reconstrucción2El Término Para Hacer Las Solicitudes De Materiales A Que Se Refiere El Artículo 7° Del Decreto Número 587 De 1949, Se Prorroga Hasta El 31 De Diciembre Del Presente Año
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