Micelio
DecretoVigente

Decreto 2581 de 2007

por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 21 de 1982 y 789 de 2002.

6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Las Cajas De Compensación Familiar Podrán Constituir Instituciones Técnicas Profesionales, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias O Escuelas Tecnológicas, Especialmente, Para Ofrecer Y Desarrollar Programas Académicos De Formación Técnica Profesional Y Tecnológica, Previo Cumplimiento De Los Requisitos Legales Establecidos Para Tal Fin2Para La Constitución De Las Instituciones De Educación Superior De Que Trata El Artículo Anterior, Las Cajas De Compensación Familiar Podrán Destinar, De Los Rendimientos Y Productos Líquidos De Las Operaciones Que Efectúen, Así Corno De Los Remanentes Presupuestales De Cada Ejercicio, Los Recursos Necesarios, Conforme Lo Dispuesto En El Parágrafo 1° Del Artículo 43 De La Ley 21 De 1982, En Concordancia Con El Artículo 62 De La Misma Ley3Las Inversiones Para La Constitución De Las Instituciones Técnicas Profesionales, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias O Escuelas Tecnológicas Que Realicen Las Cajas De Compensación Familiar, Requerirán Aprobación Previa De La Superintendencia Del Subsidio Familiar4Las Instituciones De Educación Superior De Que Trata El Artículo 1° Del Presente Decreto, Promoverán El Acceso Al Servicio Educativo Que Ofrecen, A Los Afiliados A Las Cajas De Compensación Familiar5En Los Estatutos De Constitución De Las Instituciones De Educación Superior, Se Deberá Consignar En Caso De Disolución O Liquidación, La Forma En Que Retornarán Los Recursos Invertidos, A La Respectiva Caja De Compensación Familiar, Calculados A Valor Presente, Previo Cumplimiento De Las Obligaciones Con La Prelación Prevista En La Ley6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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Firmas