DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2911 de 1953
Por el cual se crea una Comisión Coordinadora que atienda la Reunión de Estudios para preparación de personal auxiliar en programas de bienestar social en América Latina, y se dictan otras disposiciones
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Gobierno De Colombia Declara De Utilidad Y De Máxima Conveniencia Para El Desarrollo De Su Política Social La Realización De La Reunión De Estudios Para La Preparación De Personal Auxiliar En Programas De Bienestar Social, Que Debe Celebrarse En Bogotá, Del 1° Al 15 De Diciembre Del Presente Año2El Gobierno De Colombia, Por Conducto Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Formalizará La Invitación Oficial A La Organización De Las Naciones Unidas3El Gobierno De Colombia Manifiesta Su Conformidad Por La Participación En Dicha Reunión De Estudios, De Los Representantes De Los Organismos Especializados De Las Naciones Unidas (Oms, Oit, Fao, Unesco Y Unicef)4El Gobierno De Colombia Seleccionará Un Grupo De Expertos Nacionales, Que Deberán Representarlo En Los Ramos De La Agricultura, Salud Pública, Nutrición, Educación Y Trabajo5El Gobierno De Colombia Acepta El Siguiente Programa General Como Base De Discusión: A) Exposición Y Análisis De Los Programas Y Métodos Empleados En La Formación De Personal Auxiliar; B) Estudio De Los Diversos Tipos De Personal Requerido Por Las Necesidades De Los Países; Su Importancia Y Su Relación Con El Personal Profesional Y Con La Comunidad; C) Alcance De Las Diversas Funciones Que Se Confían Al Personal Auxiliar Y Formas De Supervisar Su Trabajo; D) Modos Concretos De Adecuar La Preparación De Auxiliares A Las Necesidades De La Región Dentro De La Cual Han De Actuar, Para Un Mejor Rendimiento Del Personal Profesional; E) Sugerencias Para Programas Nacionales E Internacionales6El Gobierno De Colombia Proporcionará El Local Y Dará Las Facilidades Adecuadas Al Funcionamiento De La Reunión De Estudios, De Conformidad Con Los Considerandos Del Presente Decreto7Destínase La Suma De $ 258Créase Una Comisión Coordinadora Encargada De Atender El Desarrollo De La Reunión De Estudios Con Plenas Facultades Para Designar El Personal De Secretaría Y Facilitar A Las Delegaciones La Reproducción De Documentos, Materiales, Transportes Y Alojamiento, Comisión Que Estará Compuesta Por Los Secretarios Generales De Los Ministerios De Relaciones Exteriores, Hacienda, Trabajo, Salud Y Educación Nacional O Sus Delegados9Queda Facultado El Gobierno Para Que, Por Conducto De Los Ministerios De Relaciones, Hacienda, Trabajo, Salud Y Educación Nacional, Separada O Conjuntamente, Dicten Las Normas Reglamentarias Que Fueren Indispensables En El Desarrollo De Las Disposiciones Contenidas En El Presente Decreto, El Cual Regirá Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Daniel Henao HenaoEl Secretario General, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores · encargado
- Antonio Escobar CamargoEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Guerra
- Brigadier General Arturo CharyEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejiaEl Ministro de Salud Pública
- Alfredo Rivera ValderramaEl Ministro de Fomento
- Pedro Nel Rueda UribeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro de Educación Nacional
- Coronel Manuel Agudelo GEl Ministro de Comunicaciones
- Santiago Trujillo GómezEl Ministro de Obras Públicas