Micelio

Artículo 9

Queda Facultado El Gobierno Para Que, Por Conducto De Los Ministerios De Relaciones, Hacienda, Trabajo, Salud Y Educación Nacional, Separada O Conjuntamente, Dicten Las Normas Reglamentarias Que Fueren Indispensables En El Desarrollo De Las Disposiciones Contenidas En El Presente Decreto, El Cual Regirá Desde La Fecha De Su Expedición

Decreto 2911 de 1953 · Por el cual se crea una Comisión Coordinadora que atienda la Reunión de Estudios para preparación de personal auxiliar en programas de bienestar social en América Latina, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Queda facultado el Gobierno para que, por conducto de los Ministerios de Relaciones, Hacienda, Trabajo, Salud y Educación Nacional, separada o conjuntamente, dicten las normas reglamentarias que fueren indispensables en el desarrollo de las disposiciones contenidas en el presente Decreto, el cual regirá desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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