DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1377 de 1951
Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto número 3842 de 1949
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo Octavo Del Decreto Número 3842 De 1949 Quedará Así: "artículo Octavo2El Artículo Decimotercero Del Decreto Número 3842 De 1949 Quedará Así: "artículo Décimotercero3Quedan Suspendidas Todas Las Disposiciones Legales Que Sean Contrarias A Lo Preceptuado En Este Decreto4Este Decreto Regirá Desde La Fecha De Sus Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Laureano GomezPresidente de la República
- Domingo Sarasty MEl Ministro de Gobierno
- Gonzalo Restrepo JaramilloEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Guillermo Amaya RamírezEl Ministro de Justicia
- Antonio Alvarez RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Roberto Urdaneta ArbelaézEl Ministro de Guerra
- Alejandro Angel EscobarEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Alfredo Araujo GrauEl Ministro de Trabajo
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Higiene
- Manuel Carvajal SinisterraEl Ministro de Fomento
- Rafael Azula BarreraEl Ministro de Educación Nacional
- José Tomás AnguloEl Ministro de Correos y Telégrafos
- Jorge LeyvaEl Ministro de Obras Públicas