DecretoVigente
Decreto 1208 de 1984
Por el cual se modifica el artículo 2 del Decreto 1039 de 1984
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Artículo 2º Del Decreto 1039 De 1984, Quedará Así: "artículo 2º Las Infracciones A Las Medidas Que Se Adopten Con Sujeción Al Presente Decreto, Serán Sancionadas Por Los Alcaldes Respectivos Con Multa De $ 602º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias