DecretoVigente
Decreto 2892 de 1956
Por el cual se reglamenta el artículo 1° del Decreto legislativo número 691 de 1950
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Efecto De Las Exenciones De Impuesto De Que Tratan La Ley 214 De 1938 Y Los Decretos Ejecutivos Nacionales 691 Y 1007 De 1950, Entiendes Por Eventos Deportivos Las Competencias De Juego Organizadas Entre Individuos O Equipos, De Acuerdo Con Las Normas Reglamentarias Respectivas, Con Fines Educativos O Simplemente Recreativos, Por Las Asociaciones Colombianas De Ajedrez, Atletismo, Automóvil Club, Basketbol, Billar, Boxeo Y Lucha, Ciclismo, Deportes Ecuestres, Futbol, Esgrima, Gimnasia, Golf, Hockey Y Patinaje, Levantamiento De Pesas, Natación Y Waterpolo, Tenis, Tenis De Mesa, Tejo, Tiro, Polo Y Volibol, O Por Entidades Afiliadas A Ellas, O A Instituciones Deportivas Jerárquicamente Superiores A Éstas2Derógase Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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