DecretoVigente
Decreto 2884 de 1949
por el cual se restablecen unos Juzgados de Instrucción Criminal.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Por El Resto De La Presente Vigencia Fiscal De 1949, Restablécense Dentro Del Cuerpo Auxiliar De La Rama Jurisdiccional, Los Nueve (9) Juzgados De Instrucción Comprendidos Del Número 76 Al 842Los Juzgados Restablecidos Por Mandamiento Del Artículo Anterior Serán Atendidos Por Un Juez Y Un Secretario, Quienes Tendrán Las Mismas Asignaciones Mensuales De Que Actualmente Disfruta El Personal De Los Juzgados De Instrucción Radicados Fuera De La Capital De La República3Los Jueces De Instrucción Criminal Restablecidos Por Este Decreto Tendrán Su Residencia En El Departamento De Cundinamarca, Pero Ella, De Acuerdo Con Las Atribuciones Conferidas Por Los Decretos 650 Y 1254 De 1943, Podrá Ser Variada Por El Ministerio De Justicia Cuando Las Circunstancias Así Lo Exijan
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