DecretoVigente
Decreto 1568 de 1979
Por el cual se reglamenta la Ley 16 de 1979
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Compañías De Seguros Y Reaseguros Generales Efectuarán La Inversión Obligatoria Establecida Por La Ley 16 De 1979 Sobre La Parte De Las Reservas Técnicas Que Corresponda A Primas Aceptadas En El Exterior, Mediante La Suscripción De Títulos Canjeables Por Certificados De Cambio Emitidos Por El Banco De La República O De Bonos Representativos De Deuda Pública Externa En Moneda Extranjera, Emitidos Por Entidades Oficiales2La Inversión Forzosa Fijada Por La Ley 16 De 1979 Sobre La Reserva Técnica Correspondiente Al Riesgo De Terremoto, Regulada Por El Decreto 888 De 1976, Deberá Efectuarse Y Mantenerse En Títulos Canjeables Por Certificados De Cambio Emitidos Por El Banco De La República, O En Bonos Representativos De Deuda Pública Externa En Moneda Extranjera, Emitidos Por Entidades Oficiales3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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