DecretoVigente
Decreto 622 de 1953
Por el cual se reglamenta la inversión de unos auxilios y se dictan otras disposiciones
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1/88 - Puesto De Salud De Andalucía, Valle $ 12/107, Con Destino La Reconstrucción Del Hospital San José, De Aguadas, Caldas, Será Girada Al Síndico De La Institución Por Conducto De 1a Administración De Hacienda Nacional De Manizales3/109 Para La Construcción De Un Hospital En La Plata, Huila $ 604/26, Para La Construcción De Un Puesto De Salud En Guayatá, Boyacá $ 45/52-53 Y 54, Serán Giradas Por El Ministerio De Higiene Al Pagador-Almacenista De La Dirección Departamental De Higiene Del Magdalena, Con Destino Al Sostenimiento De Estos Organismos
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