DecretoVigente
Decreto 2838 de 1950
por el cual se créa el Comité de Desarrollo Económico.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Créase Una Comisión Encargada De Estudiar El Informe De La Misión Del Banco Internacional De Reconstrucción Y Fomento, Dirigida Por Mr2º El Comité De Desarrollo Económico Tendrá Las Siguientes Funciones Principales: A) Estudiar En Forma Documentada El Informe Del Banco Internacional De Reconstrucción Y Fomento; B) Analizar Las Recomendaciones Contenidas En Dicho Informe, Considerando La Importancia Y Prelación De Cada Una De Ellas, Y La Posibilidad De Ponerlas En Práctica De Acuerdo Con Los Recursos Económicos Y Fiscales Del País O Los Que Pueda Obtener Del Banco Internacional De Reconstrucción Y Fomento Y Otras Fuentes De Crédito; C) Considerar Los Proyectos De Orden Económico, Administrativo Y Fiscal Que Sean Necesarios Para Desarrollar Las Recomendaciones Que Adopte O Apruebe El Comité3º A Las Reuniones Del Comité De Desarrollo Económico Podrán Concurrir Los Ministros Del Despacho Ejecutivo Y El Gerente Del Banco De La República4º Facúltase Al Gobierno Nacional Para Celebrar Arreglos Con El Banco De La República A Fin De Que Esta Entidad Suministre El Personal Y Las Oficinas Que Requiera, Para Cumplimiento De Sus Labores, El Comité De Desarrollo Económico5º2º Este Decreto Rige Desde Su Expedición
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