DecretoDerogado
Decreto 2368 de 2012
por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1539 de 2012 y se dictan otras disposiciones
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Personas Que Al Momento De La Entrada En Vigencia De La Ley 1539 De 2012 Estén Vinculadas, O Aquellas Que Llegaren A Vincularse Para La Prestación De Servicios De Vigilancia Y Seguridad Privada (Vigilantes, Escoltas Y Supervisores) Y Cuyas Labores Impliquen El Porte O Tenencia De Armas De Fuego, Deberán Obtener El Certificado De Aptitud Psicofísica Para El Porte Y Tenencia De Armas De Fuego, El Cual Debe Expedirse Con Base En Los Parámetros Establecidos En El Literal D) Del Artículo 11 De La Ley 1119 De 2006, Por Parte De Una Institución Especializada Registrada Y Certificada Ante La Autoridad Respectiva Y Con Los Estándares Determinados En La Ley2La Expedición Del Certificado De Aptitud Psicofísica Para El Porte Y Tenencia De Armas De Fuego Del Personal Operativo De La Actividad De Vigilancia Y Seguridad Privada (Vigilantes, Escoltas Y Supervisores), Sólo Podrá Efectuarse Mediante Solicitud Que Realice La Persona Jurídica Licenciada Por La Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada Ante La Administradora De Riesgos Laborales A La Cual Se Encuentre Afiliada, De Tal Manera Que No Se Podrá Tramitar Ni Expedir Este Certificado Cuando El Trámite Se Pretenda Realizar A Título Personal3La Institución Especializada Con Licencia En Salud Ocupacional Tendrá La Guarda Y Custodia De La Certificación De Aptitud Psicofísica Y Debe Entregar Copia De La Misma Al Trabajador4Los Exámenes O Valoraciones Clínicas O Paraclínicas Requeridos Para La Certificación De Aptitud Psicofísica Pertenecen A La Historia Clínica Ocupacional, Son Confidenciales Y Hacen Parte De La Reserva Profesional, Por Lo Tanto, No Podrán Comunicarse O Darse A Conocer, Salvo Los Siguientes Casos: 15La Guarda Y Custodia De Las Certificaciones De Aptitud Psicofísicas Le Compete A Las Instituciones Especializadas Con Licencia En Salud Ocupacional Y Acreditada En Iso/ Iec17024:2003 Que Realizó Dichas Pruebas Y Certificación6Para Que La Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada Pueda Ejercer Los Controles Y Adelantar Las Actuaciones Administrativas Señaladas En La Ley 1539 De 2012, Contará Con El Acceso A La Base De Datos De Los Certificados De Aptitud Psicofísica Expedidos Por Las Instituciones Especializadas Y Registrados Y Validados Por El Sistema Integrado De Seguridad A Través De Un Canal Dedicado7Cuando Las Personas Jurídicas O Naturales Que Presten Servicios De Vigilancia Y Seguridad Privada, Con Vigilantes, Escoltas O Supervisores, Que Deban Tener O Portar Armas De Fuego, Los Presten Sin Que Dichas Personas Hayan Obtenido El Certificado De Aptitud Psicofísica Para El Porte Y Tenencia De Armas De Fuego, Se Les Adelantarán Las Investigaciones Administrativas Del Caso Por Parte De La Superintendencia De Vigilancia Y Seguridad Privada, Las Cuales Podrán Dar Lugar A La Imposición De Sanciones Establecidas En La Ley8Las Personas Jurídica O Natural, Que Presten Servicios De Vigilancia Y Seguridad Privada, Con Vigilantes, Escoltas O Supervisores, Que Deban Tener O Portar Armas De Fuego, Tendrán Un Plazo De 90 Días A Partir De La Expedición Del Presente Decreto Para Que El Personal Operativo Cuente Con El Citado Certificado9El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y
- Juan Carlos Pinzón BuenoEl Ministro de Defensa Nacional
- Rafael Pardo RuedaEl Ministro del Trabajo