DecretoCompilado
Decreto 2263 de 2014
por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1707 de 2014.
20artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto2Ámbito De Aplicación3Causación4Personas Obligadas Al Pago De La Cuota De Fomento De La Papa5Valor De La Cuota De Fomento De La Papa6Del Momento De La Liquidación Y Recaudo De La Cuota De Fomento De La Papa7Personas Obligadas Al Recaudo De La Cuota De Fomento De La Papa8Registro De Los Recaudos9Control Del Recaudo10Separación De Cuentas Y Depósito De La Cuota De Fomento De La Papa11Paz Y Salvo12Junta Directiva Del Fondo Nacional De Fomento De La Papa13Mecanismo De Elección De Los Delegados De Las Organizaciones De Productores De Papa Del Orden Nacional Y Regional14Condiciones De Representatividad De La Entidad Administradora Del Fondo De Fomento De La Papa15Código De Buen Gobierno16Transferencia De Recursos Del Fondo Nacional De Fomento Hortifrutícola Al Fondo Nacional De Fomento De La Papa17Transferencia De Archivos Del Fondo Nacional De Fomento Hortifrutícola Al Fondo Nacional De Fomento De La Papa18Registro De Transferencias De Recursos Y Archivos19Aprobacion Del Plan De Inversiones Y Gastos20Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, en la Ley 1707 de 2014 y en el Decreto 1985 de 2013, y
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Aurelio Iragorri ValenciaEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural