°. Del momento de la liquidación y Recaudo de la Cuota de Fomento de la Papa . La Cuota de Fomento de la Papa se liquidará al momento de la venta del producto. Cuando el productor sea a la vez procesador, la cuota se liquidará y recaudará al momento de la primera venta del producto terminado. Cuando el productor sea a la vez procesador, este estará obligado al recaudo de la cuota de fomento de la papa y obrará como su recaudador.
Decreto 2263 de 2014 →Vigente
Artículo 6
Del Momento De La Liquidación Y Recaudo De La Cuota De Fomento De La Papa
Decreto 2263 de 2014 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1707 de 2014.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.