DecretoVigente
Decreto 605 de 1991
por el cual se modifica el arancel de aduanas.
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Fíjanse Los Siguientes Gravámenes Arancelarios Ad Valorem Para Las Partidas Del Arancel De Aduanas, Que A Continuación Se Indican: Partida Gravamen % 292º Las Partidas 083º Créanse Las Siguientes Subpartidas En El Arancel De Aduanas, Con La Descripción Y Gravamen Que A Continuación Se Indican: Partida Descripcion Gravamen % 294º Incorpórase Al Arancel De Aduanas La Siguiente Subpartida, Que Tendrá Los Desdoblamientos Que A Continuación Se Señalan: Partida Descripcion Gravamen % 845º Las Subpartidas 216º Suprímense Los Desdoblamientos Contemplados En El Decreto 3104 De 1990, Para La Subpartida 877º Modifícanse Los Numerales 2 Y 3 Del Literal L Del Artículo 3º Del Decreto 3104 De 1990, Que En Consecuencia Quedarán Así: "28º Suprímese Un Guión En La Subpartida 359º El Presente Decreto Rige A Partir Del Día Siguiente A Su Publicación Y Deroga Aquellas Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22 y 205 de la Constitución Política, en desarrollo de lo previsto en la Ley 6a de 1971, y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera Publíquesey cúmplase
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público