DecretoVigente
Decreto 2497 de 1993
por el cual se establece una prima especial de vivienda para los miembros de la Fuerza Pública, de los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, de la Procuraduría General de la Nación y de la Fiscalía General de la Nación.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Miembros De La Fuerza Pública, Los Empleados Del Departamento Administrativo De Seguridad, Das, De La Procuraduría General De La Nación Y De La Fiscalía General De La Nación, Que Presten Sus Servicios En Áreas Donde Se Desarrollen Operaciones Especiales De Riesgo Para Restablecer El Orden Público, Podrán Percibir, Por Una Sola Vez, Como Reconocimiento A Sus Méritos Excepcionales Y A Juicio Del Respectivo Jefe Del Organismo, Al Pago De Una Prima Especial De Vivienda Equivalente A Cuatro Millones Quinientos Mil Pesos ($ 42La Prima De Que Trata El Artículo Anterior Será Entregada Previa Comprobación De Que Su Valor Será Invertido En La Adquisición, Construcción, Ampliación, Reparación, Mejoramiento De Vivienda O Liberación De La Misma3Para El Reconocimiento Y Pago De La Prima Especial De Vivienda, Será Necesario Que Exista, En El Organismo Respectivo, El Recurso Presupuestal Específico Para Cubrir Su Valor4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales de la Ley 4ª de 1992
- Héctor José Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- General Ramón Emilio Gil BermúdezEl Comandante Genera lde las Fuerzas Militares, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Defensa Nacional · encargado