DecretoVigente
Decreto 179 de 1990
por el cual se dictan disposiciones en materia de inversiones forzosas de las compañías de seguros de vida y sociedades de capitalización.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Cuando Las Compañías De Seguros De Vida O Las Sociedades De Capitalización Presenten Excedentes En Los Montos Requeridos De Inversión En “bonos De Vivienda Popular” Podrán Realizar Transacciones Con Compañías De Seguros, Reaseguros O Sociedades De Capitalización, Con El Fin De Cumplir La Inversión Obligatoria Señalada En Las Normas Legales2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 120 de la Constitución Política
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- María Mercedes Cuéllar De MartínezLa Ministra de Desarrollo Económico