Micelio
DecretoDerogado

Decreto 1366 de 1972

Por el cual se modifica la planta de personal del Despacho del Ministro, Viceministro y Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Suprímense Los Cargos Establecidos Por El Decreto 3033 De 1968 Para El Despacho Del Ministro, Viceministro Y Secretaría General Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público2Las Funciones Propias Del Despacho Del Ministro, Viceministro Y Secretaría General Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: No De Cargos Nombre Del Empleo Clase Categoría Sueldo Despacho Del Ministro 1 Ministro3El Gobierno Podrá Asignar Cuando Lo Estime Necesario Y Previo Cumplimiento De Las Formalidades Legales Del Caso, Prima Técnica A Las Personas Que Ocupen Los Siguientes Cargos: Un (1) Viceministro, Un (1) Secretario General, Quienes En Este Caso No Gozarán De Gastos De Representación4El Gobierno O El Ministro Procederán, Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes Y Previo El Lleno De Los Requisitos Exigidos Para El Desempeño De Los Cargos, A Designar El Personal Que Ocupará Los Que Se Establecen Por El Presente Decreto5Los Actuales Empleados Del Despacho Del Ministro, Viceministro Y Secretaría General Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Que Fueren Designados En Cargos Con Sueldos Inferiores A Los Que Estén Devengando En El Momento De Incorporarse En La Planta Establecida En El Presente Decreto, Continuarán Recibiendo El Sueldo Anterior Hasta Su Retiro O Cuando Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Se Computarán Sobre Los Sueldos Básicos, Cuando El Cargo Quede Vacante, La Persona Que Éntre A Ocuparlo Recibirá El Sueldo Señalado En Este Decreto6El Presente Decreto Modifica El Decreto 3033 De 1968 En La Parte Pertinente Al Despacho Del Ministro, Viceministro Y Secretaría General Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Y Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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