Decreto
Decreto 2821 de 1953
por la presente se adopta un plan especial de educación en las islas de San Andrés y Providencia, dependiente del Ministerio de Educación, y se autorizaran las apropiaciones correspondientes.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créanse En Las Islas De San Andrés Y Providencia, Bajo La Dirección Y Control Inmediatos Del Ministerio De Educación Nacional, Los Siguientes Establecimientos, A Partir Del 1º De Enero De1954: A) Una Escuela Vocacional Agrícola Para Varones2Elevase A La Categoría De Escuela Media De Artes Y Oficios La Escuela Elemental De Artes Y Oficios Que Funciona En San Andrés, Y Se Establecen En Ella Seis (6) Talleres, De Acuerdo Con Las Necesidades Propias De La Región3Créanse Cincuenta (50) Becas Para Hacer Estudios Normalistas, Técnicos, De Bachillerato, De Formación Religiosa Católica O De Cualquier Otra Especialidad Profesional, En Los Principales Establecimientos Del País, Becas Que Se Adjudicaran A Los Mejores Alumnos De Las Mencionadas Islas4Tanto Los Profesores De Cultura General Como Los De Artes Y Oficios, Así Como Los Demás Empleados Al Servicio De La Educación Nacional, Tendrá Un Aumento De 50% Sobre Las Asignaciones Y Los Viáticos De Que Disfrutan En El Interior Del País Los Empleados De Cargos Similares5Autorizase Al Gobierno Nacional Para Apropiar En El Presupuesto De 1954, Y En Los Sucesivos, Las Sumas Necesarias Para Dar Cumplimiento A Las Disposiciones Del Presente Decreto6El Ministerio De Educación Nacional Reglamentara Por Medio De Resoluciones, La Organización Y Funcionamiento De Cada Una De Las Distintas Dependencias Que Integran El Plan Educativo Que Se Crea Por Medio Del Presente Decreto, El Que Rige Desde Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pavón NúñezEl ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Antonio Escobar CamargoEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Arturo Berrio MEl Ministro de Guerra
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejiaEl Ministro de Salud Pública
- Alfredo Rivera ValderramaEl Ministro de Fomento
- Pedro Nel Rueda UribeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro de Educación Nacional
- Coronel Manual Agudelo GEl Ministro de Comunicaciones
- Santiago Trujillo GómezEl Ministro de Obras Públicas