DecretoVigente
Decreto 2474 de 1949
por el cual se reglamenta el numeral 7º del artículo 74 de la disposición número 17 de 1945 del Estado Mayor General (Reglamento de Aptitud Física del Personal de las Fuerzas Militares).
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Exámenes De Aptitud Física De Que Trata El Artículo 74, Numeral 7° Del Reglamento De Aptitud Física Del Personal De Las Fuerzas Militares Aprobado Por Decreto 2042 De 1945, En Los Casos En Que Este Documento No Se Haya Producido Con Anterioridad A La Fecha De La Disposición Del Retiro Del Servicio Activo, Deberán Efectuarse Durante Los Treinta (30) Primeros Días De Que Disponga El Militar Retirado Para La Formación De La Correspondiente Hoja De Servicios2Si Transcurrido El Término De 30 Días, Señalado En El Artículo Anterior, El Interesado No Se Presentare Para La Práctica De Los Exámenes, Será Considerada La No Presentación Como Declaración, De Quien Incumple, De Encontrarse En Perfectas Condiciones De Salud, Y La Sanidad Militar Rendirá El Informe Correspondiente, El Cual Se Tendrá Como Prueba De Aptitud Física Para Todos Los Efectos Del Retiro3En Los Documentos Que Se Aportan Para La Reclamación De Prestaciones Sociales, Debe Acompañarse Copia Debidamente Autenticada Por La Correspondiente Oficina De Personal, Del Certificado De Aptitud Física Expedido Por La Sanidad Militar, Sin Cuyo Requisito No Se Tramitará La Demanda4En Los Términos Del Presente Decreto Queda Reglamentado El Artículo 74, Numeral 7° Del Reglamento De Aptitud Física Del Personal De Las Fuerzas Militares, Y Derogada La Resolución 1896 De 1947
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