DecretoVigente
Decreto 2221 de 2004
por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 1005 del 1° de abril de 2004.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Modificar El Artículo 2° Del Decreto 1005 Del 1° De Abril De 2004, El Cual Quedará Así: “el Contingente Establecido En El Artículo 1° Del Presente Decreto Será Asignado Entre Los Proveedores Sustanciales De Colombia, Conservando Un Porcentaje Para Los Demás Proveedores, De Acuerdo Con El Comportamiento Histórico De Las Importaciones Colombianas De La Subpartida Arancelaria 232El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior y del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Gustavo Cano SanzEl Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
- Jorge Humberto BoteroEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo