DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2043 de 1953
Por el cual se destina una partida para atender a necesidades urgentes del Departamento de Boyacá, con motivo de sucesores de orden público
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Destínase La Suma De Trescientos Mil Pesos ($ 3002Autorízase Al Gobernador De Boyacá Para Crear Juntas Municipales, Integradas Por Los Respectivos Comandos Militares, Alcaldes, Párrocos, Personeros De Los Correspondientes Municipios, Las Cuales Estarán Encargadas De Levantar Los Censos Pertinentes Para Determinar Las Personas O Familias Que Sean Efectivamente Acreedoras A Los Auxilios O Indemnizaciones A Que Se Refiere El Articulo Anterior, Datos Que Serán Pasados A La Cuarta Brigada Y A La Junta Departamental De Hacienda Para Su Definitiva Decisión Y Adjudicación3Adscríbese Al Tesorero General Del Deparmento De Boyacá Las Funciones De Tesorero De Las Juntas Municipales Creadas Por El Artículo Anterior, Para Los Efectos Contemplados En El Presente Decreto, Bajo La Garantía De La Misma Fianza Con Que Tiene Asegurado Su Manejo4El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Dictará Las Medidas Conducentes Para La Apertura Del Crédito Correspondiente En El Presupuesto De La Vigencia En Curso, Para Dar Cumplimiento Al Presente Decreto5Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Antonio Escobar CamargoEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Guerra
- Brigadier General Arturo CharyEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Aurelio Caycedo AyerbeEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Alfredo Rivera ValderramaEl Ministro de Fomento
- Pedro Nel Rueda UribeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro de Educación Nacional
- Teniente Coronel Manuel AgudeloEl Ministro de Comunicaciones
- Santiago Trujillo GómezEl Ministro de Obras Públicas