DecretoVigencia En Estudio
Decreto 20 de 1989
Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del Area Técnico-Científica del Instituto Colombiano Agropecuario -ICA-, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1o2En La Escala De Remuneración Fijada En El Artículo Anterior, La Primera Columna Señala Los Grados De Remuneración Y La Segunda Indica La Asignación Básica Mensual Establecida Para Cada Uno De Los Grados3La Remuneración De Los Funcionarios Pertenecientes Al Area Técnico-Científica, Se Determinará Conforme Al Procedimiento Establecido En El Artículo 3° Del Decreto 122 De 19884En Ningún Caso La Remuneración Total De Los Empleados Públicos A Quienes Se Aplica El Presente Decreto, Podrá Exceder La Que Se Fija Para Los Ministros Y Jefes De Departamento Administrativo Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación5Sin Perjuicio De Las Normas Establecidas En El Presente Decreto, Y En El Decreto Extraordinario 1149 De 1978, Los Empleos Del Area Técnico-Científica Continuarán Rigiéndose Por Las Disposiciones Vigentes Para El Area Administrativa Del Instituto6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto-Ley 122 De 1988, A Excepción Del Artículo 3° Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1o
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Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 77 de 1988
- Luis Fernando Alarcón MantillaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Gabriel Rosas VegaEl Ministro de Agricultura
- Joaquín Barreto RuizEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil