DecretoVigente
Decreto 2219 de 1946
Por el cual se reglamenta el artículo 86 de la Ley 2ª de 1945
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Cuando Un Radio-Operador Del Ministerio De Guerra Que Hubiere Prestado Antes Servicios En El Ramo De Correos Y Telégrafos Solicita La Formación De La Hoja De Servicios, Como Formalidad Previa Para Pedir Su Retiro O Para Obtener La Prestación Correspondiente, Debe Presentar Las Certificaciones Expedidas, A Costa Del Interesado Por Cada Uno De Los Dos Ministerios En Que Conste Detalladamente Los Servicios Prestados Como Operador De Radio2Las Certificaciones De Que Trata El Artículo Anterior Servirán De Base Para La Formación De La Correspondiente Hoja De Servicios La Cual Debe Ser Aprobada Por Los Dos Ministerios