DecretoVigente
Decreto 1025 de 1998
por el cual se modifica el Decreto 1214 del 30 de abril de 1997.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo Primero Del Decreto 1214 Del 30 De Abril De 1997 Quedará Así: “terminado El Período Correspondiente, Los Presidente De La República Continuarán Disfrutando De Los Servicios De Un Edecán, Oficial Superior De Las Fuerzas Militares O De La Policía Nacional, El Cual Será Seleccionado De Una Terna Que Para El Efecto Les Presente El Ministro De Defensa Nacional”2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley 4ª de 1992, los artículos 6° numeral 3° y 47 numeral 1° del Decreto 2110 de 1992, y el artículo 40 del Decreto 2203 de 1993
- Antonio José UrdinolaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público