DecretoVigente
Decreto 281 de 1924
Por el cual se reglamenta la Ley 112 de 1923
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público S-A Procederá A Examinar Los Documentos Relativos A La Colocación En De Fondos Nacionales En Cuenta Corriente En El Banco López, Hecha Por Los Empleados De Manejo Residentes En La2Los Empleados A Quienes Se Releve De Responsabilidad, Residentes Fuera De La Capital, Remesarán Como Dinero A La Tesorería General, Los Comprobantes, Del Crédito A Cargo Del Banco López, Con El Fin De Que El Tesoro Les Haga El Abono Respectivo Y Cargue El Valor Del Crédito En La Cuenta Del Banco3La Gestión Paira El Reintegro De Las Sumas Que En Junto Resulte A Deber El Banco López, Continuará Haciéndolas El Ministro De Hacienda Y Crédito Público, A Quien Se Dio La Representación Necesaria, Con Fecha 26 De Julio De 1923, Para Intervenir En El Comité Que Los Acreedores Nombraron Con El Fin De Verificar La Liquidación Extrajudicial Del Banco4Los Empleados De Manejo Que Hubieren Recibido Como Moneda Nacional Las Cédulas Y Bonos Del Banco López, Violando Así El Artículo 9
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