DecretoVigente
Decreto 2826 de 1953
Por el cual se conmemora el primer centenario de la muerte del ilustre repúblico y jurisconsulto doctor Rufino Cuervo
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Gobierno Nacional En Su Nombre Y En El Del Pueblo Colombiano, Honra La Memoria Del Señor Doctor Rufino Cuervo, Con Ocasión Del Primer Centenario De Su Muerte, Y Propone El Ejemplo De Su Vida A La Imitación De Todos Los Colombianos2El Día 21 De Noviembre Próximo Se Celebrarán En La Basílica Primada, Por Cuenta Del Gobierno Nacional, Solemnes Honras Fúnebres Por El Doctor Cuervo, Con Asistencia De Los Altos Funcionarios Del Estado3El Ministerio De Educación Nacional Dispondrá Que Se Erija Un Busto En Bronce Del Doctor Rufino Cuerva En La Población De Tibirita, Lugar De Su Nacimiento, Y La Escuela Hogar Para Campesinos Que Funciona En El Mismo Municipio Se Denominará En Adelante Escuela Hogar Rufino Cuervo; Como Recuerdo Permanente De Tan Insigne Hijo4El Gobierno Nacional Se Hará Representar En Los Actos Que En Honor Del Doctor Cuervo Y Con Ocasión Del Centenario De Su Muerte Celebrará La Academia Colombiana De Historia5El Gobierno Nacional Apropiará En El Presupuesto De La Próxima Vigencia La Partida Necesaria Paradar Cumplimiento A Las Disposiciones Contenidas En El Presente Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha De Su Expedición, Y Copias Del Mismo Serán Enviadas A Las Familias Descendientes Del Notable Colombiano, A La Academia Colombiana De Historia Y Al Concejo Municipal De Tibirita (Departamento De Cundinamarca)
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Firmas
Gobierno Nacional
- Teniente General Gustavo Rojas PinillaPresidente de la República
- Lucio Pabón NúñezEl Ministro de Gobierno
- Evaristo SourdisEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Antonio Escobar CamargoEl Ministro de Justicia
- Carlos VillavecesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Brigadier General Gustavo Berrío MEl Ministro de Guerra
- Brigadier General Arturo CharyEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Aurelio Caicedo AyerbeEl Ministro del Trabajo
- Bernardo Henao MejíaEl Ministro de Salud Pública
- Alfredo Rivera ValderramaEl Ministro de Fomento
- Pedro Nel Rueda UribeEl Ministro de Minas y Petróleos
- Manuel Mosquera GarcésEl Ministro de Educación Nacional
- Coronel Manuel AgudeloEl Ministro de Comunicaciones
- Santiago Trujillo GómezEl Ministro de Obras Públicas