° El Gobierno Nacional apropiará en el Presupuesto de la próxima vigencia la partida necesaria paradar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el presente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición, y copias del mismo serán enviadas a las familias descendientes del notable colombiano, a la Academia Colombiana de Historia y al Concejo Municipal de Tibirita (Departamento de Cundinamarca). Comuníquese y publíquese.
Artículo 5
El Gobierno Nacional Apropiará En El Presupuesto De La Próxima Vigencia La Partida Necesaria Paradar Cumplimiento A Las Disposiciones Contenidas En El Presente Decreto, El Cual Rige Desde La Fecha De Su Expedición, Y Copias Del Mismo Serán Enviadas A Las Familias Descendientes Del Notable Colombiano, A La Academia Colombiana De Historia Y Al Concejo Municipal De Tibirita (Departamento De Cundinamarca)
Decreto 2826 de 1953 · Por el cual se conmemora el primer centenario de la muerte del ilustre repúblico y jurisconsulto doctor Rufino Cuervo
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.