DecretoVigente
Decreto 2417 de 1996
por el cual se da cumplimiento a unos compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Tratado de Libre Comercio, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Las Importaciones De Los Vehículos Originarios Y Provenientes De México, Clasificados En Las Subpartidas Relacionadas A Continuación Y Con Las Características Allí Señaladas, Se Les Aplicará El Gravamen Ad-Valorem Indicado Para Cada Una De Ellas En La Columna "gravamen%"2A Las Importaciones De Vehículos Originarios Y Provenientes De México Con Características Distintas A Las Señaladas En El Artículo Anterior, Que Clasifican Por Las Subpartidas 87013El Presente Decreto Rige A Partir De Su Expedición Y Desde El 1° De Enero De 1997 Hasta El 31 De Diciembre De 1997 Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 1161 De 1996
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, conforme a lo previsto en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Morris Harf MEl Ministro de Comercio Exterior