DecretoVigente
Decreto 953 de 1926
Por el cual se dictan algunas disposiciones referentes a las sociedades anónimas no bancarias
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Sociedades Anónimas, Nacionales O Extrajeras, Que Tengan Negocios En Colombia Remitirán A La Superintendencia Bancaria Una Copia Auténtica Del Balance General De Sus Operaciones, De Acuerdo Con Las Instrucciones Que Al Respecto Formule La Superintendencia2La Superintendencia Bancaria Abrirá Un Libro Especial En Que Se Consolidarán Los Balances De La Sociedad Anónimas De Que Aquí Se Trata3La Omisión De Lo Dispuesto En El Artículo 1º De Este Decreto, Se Castigará Con Multa De $100 A $500, Que Impondrá La Superintendencia Bancaria4Todas Sociedad Anónima Que Iniciaren Negocios En Colombia A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, Esta Obligada, Bajo Las Mismas Sanciones Que Se Establecen En El Artículo Anterior, A Dar Aviso De Su Establecimiento A La Superintendencia Bancaria
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