DecretoVigente
Decreto 951 de 1993
por el cual se modifica parcialmente el Decreto 762 de 1993.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1° El Artículo 2° Del Decreto 762 De 1993 Quedará Así: "artículo 2° Para El Cumplimiento De La Función Asignada, La Entidad Dictará Los Actos Y Celebrará Los Contratos Requeridos, Con Sujeción A Las Disposiciones Del Decreto 700 De 1992"2° El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 17 del artículo 189 de la Constitución Política, y
- Guido Nulle AmínEl Ministro de Minas y Energía
- Armando MontenegroEl Director del Departamento Nacional de Planeación