Micelio

Artículo 1

° El Artículo 2° Del Decreto 762 De 1993 Quedará Así: "artículo 2° Para El Cumplimiento De La Función Asignada, La Entidad Dictará Los Actos Y Celebrará Los Contratos Requeridos, Con Sujeción A Las Disposiciones Del Decreto 700 De 1992"

Decreto 951 de 1993 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 762 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El artículo 2° del Decreto 762 de 1993 quedará así: "Artículo 2° Para el cumplimiento de la función asignada, la entidad dictará los actos y celebrará los contratos requeridos, con sujeción a las disposiciones del Decreto 700 de 1992".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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