DecretoVigencia En Estudio
Decreto 944 de 1987
por el cual se dictan disposiciones sobre la integración del Consejo Nacional de Estupefacientes.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Mientras Se Encuentre Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio Todo El Territorio De La República, Los Ministros De Defensa Nacional Y De Comunicaciones, O Sus Respectivos Delegados, Tendrán El Carácter De Miembros Del Consejo Nacional De Estupefacientes De Que Trata El Capítulo Ix De La Ley 30 De 19862Este Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Suspende Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Política, en desarrollo del Decreto 1038 de 1984, y
- Cesar Gaviria TrujilloEl Ministro de Gobierno
- Julio Londoño ParedesEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Edmundo Lopez GomezEl Ministro de Justicia
- Luis Fernando Alarcon MEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Rafael Samudio MolinaEl Ministro de Defensa Nacional
- Luis Guillermo Parra DussanEl Ministro de Agricultura
- Fuad Char AbdalaEl Ministro de Desarrollo Económico
- Guillermo Perry RubioEl Ministro de Minas y Energía
- Antonio Yepes ParraEl Ministro de Educación Nacional
- Diego Younes MorenoEl Ministro de Trabajo y Seguridad Social
- Jose Granada RodriguezEl Ministro de Salud
- Fernando Cepeda UlloaEl Ministro de Comunicaciones
- Luis Fernando Jaramillo CorreaEl Ministro de Obras Públicas y Transporte