DecretoDerogado
Decreto 935 de 1913
Por el cual se deroga el marcado con el número 70 de 30 de enero último, y se dispone la manera de pagar la alimentación de los Agentes de la Sección de Policía de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1° Los Agentes De La Sección De Policía De Las Minas De Esmeraldas De Muzo Y Cóscuez Tienen Derecho A Que Se Les Abone Desde El 12° El Administrador De Las Expresadas Minas Queda Encargado Del Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Para Lo Cual Tomará En Cuenta Lo Que Les Haya Pagado En El Presente Año, Conforme Al Decreto Número 70 De 30 De Enero Último, Que Queda Derogado Por El Presente3° El Gasto Que Se Ocasione En Virtud De Lo Dispuesto En El Presente Decreto Se Reconocerá Y Pagará En El Año De 1914, Con Imputación A La Partida Que Se Apropie En El Presupuesto De Ese Año Para El Pago De Saldos Pendientes De La Vigencia Anterior En El Departamento De Hacienda
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