DecretoDerogado
Decreto 929 de 2007
por el cual se establece el reglamento de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas creada por la Ley 589 de 2000.
16artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto2Funciones De La Comisión3Presidencia4Funciones Del Presidente5Deberes De Los Miembros De La Comisión6Secretaría Técnica7Sede De La Comisión De Búsqueda De Personas Desaparecidas8Sesiones De La Comisión9Toma De Decisiones10Grupos De Trabajo11Procedimiento Para El Seguimiento De Casos12Criterios Para La Selección De Casos13Presentación De Informes De La Comisión14Evaluación Y Seguimiento Del Funcionamiento De La Comisión15La Comisión De Búsqueda De Personas Desaparecidas, Por Mayoría De Las Tres Cuartas Partes De Sus Miembros, Determinará Los Planes Y Programas Específicos Correspondientes A Sus Funciones Que Deban Realizarse Con Los Recursos Asignados A La Comisión En El Presupuesto De La Defensoría Del Pueblo16Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, de la prevista por el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política
- Carlos Holguín SardiEl Ministro del Interior y de Justicia
- Juan Manuel Santos CEl Ministro de Defensa Nacional