DecretoVigente
Decreto 853 de 1979
Por el cual se aprueban las tarifas para los servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia y los derechos de operación de los muelles privados
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 11El Tránsito De Embarcaciones Dedicadas Al Transporte Marítimo Internacional, De Cabotaje O Fluvial, Dentro De Las Zonas De Los Puertos Señaladas Por El Decreto 3073 De 1961, El Uso De Cualesquiera De Las Facilidades O Instalaciones De Las Mismas Zonas O De Las Situadas En El Área De Los Puertos Terminales, O La Utilización De Los Servicios Que Presta La Empresa, Constituyen Aceptación De Las Tarifas Vigentes Por Parte De Toda Persona Natural O Jurídica Que Haga Uso De Tales Facilidades O Servicios3Artículo 34Artículo 45Artículo 5
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