Artículo segundo. La Empresa Puertos de Colombia, tratamiento, podrá rebajar las tarifas autorizadas o establecer topes en cualquiera de sus rubí os.
Decreto 853 de 1979 →Vigente
Artículo 4
Decreto 853 de 1979 · Por el cual se aprueban las tarifas para los servicios que presta la Empresa Puertos de Colombia y los derechos de operación de los muelles privados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.